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El magistrado Martín Cormick hizo lugar a un amparo colectivo del CELS y sostuvo que las medidas vulneran garantías constitucionales, al habilitar intervenciones policiales.
Nacionales30 de diciembre de 2025
Guadalupe Montero
El juez federal Martín Cormick, a cargo del Juzgado Contencioso Administrativo Federal 11, determinó la nulidad de los protocolos antipiquetes diseñados por la exministra de seguridad y actual senadora Patricia Bullrich, al concluir que el Poder Ejecutivo se arrogó facultades propias del Poder Legislativo y dictó una norma que restringe derechos fundamentales sin el respaldo de una ley formal del Congreso.
El fallo hizo lugar al amparo colectivo impulsado por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) y numerosas organizaciones sociales, sindicales y políticas, y cuestionó con dureza la legalidad del protocolo que regula la intervención de las fuerzas federales frente a protestas y cortes de tránsito.
En su decisión, el juez recordó que la Constitución Nacional establece una reserva de ley estricta cuando se trata de reglamentar derechos como la libertad de expresión, de reunión y de protesta. En ese sentido, afirmó que el Poder Ejecutivo “no puede regular derechos dictando actos administrativos”, ya que esa función corresponde exclusivamente al Congreso.
“El hecho de que los derechos no sean absolutos no habilita a que sean reglamentados por cualquier autoridad ni por cualquier vía”, sostuvo el magistrado.
Uno de los puntos centrales del fallo fue que la Resolución 943/23 introdujo restricciones sustanciales al derecho a la protesta bajo la apariencia de un simple instructivo operativo.

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