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Condenaron al juez de Paz de Aguaray por retener cuotas alimentarias

Reconoció que no entregó a dos beneficiarias dinero depositado en el Juzgado de Paz. La Corte de Justicia había allanado su inmunidad y lo había suspendido del cargo en diciembre pasado. 
Policiales28 de agosto de 2026Guadalupe MonteroGuadalupe Montero

El fiscal penal de Salvador Mazza, Distrito Judicial Norte, Jorge Armando Cazón, representó al Ministerio Público Fiscal en la audiencia de juicio abreviado en la que Freddy Josué Chocobar, juez de Paz de Aguaray, fue condenado a un año de prisión de ejecución condicional y dos años de inhabilitación, como autor de los delitos de administración fraudulenta e incumplimiento de los deberes de funcionario público, en concurso real, por dos hechos.

La investigación del Fiscal se inició a partir de denuncias vinculadas a dinero correspondiente a cuotas alimentarias que era depositado en el Juzgado de Paz de Aguaray y no era entregado a sus beneficiarias.

Durante la audiencia, Chocobar reconoció ambos hechos. En uno de ellos admitió que una mujer concurrió al Juzgado de Paz para retirar $370 mil depositados en concepto de cuota alimentaria y que no le entregó ese dinero. También reconoció un segundo caso en el que otra beneficiaria tampoco recibió los fondos depositados con la misma finalidad.

Ante la inmunidad constitucional que alcanzaba a Chocobar por su condición de juez de Paz, el fiscal Jorge Armando Cazón impulsó el procedimiento para lograr su sometimiento a la jurisdicción penal y solicitó formalmente el allanamiento de esa inmunidad. El requerimiento fue concedido por unanimidad por la Corte de Justicia de Salta, que ejerce el control sobre los jueces de Paz de la provincia y dispuso, además, su suspensión provisoria en el cargo. De esta manera, la Fiscalía pudo avanzar con el proceso penal que culminó ahora con su condena.

Como parte del acuerdo, Chocobar deberá restituir a las víctimas un total de $690 mil. La primera cuota ya fue depositada y deberá completar los pagos restantes conforme a lo establecido.

Además, durante dos años deberá fijar residencia, someterse al cuidado del Programa de Inserción Social y Control de Presos y Liberados y abstenerse de acercarse a menos de 300 metros de las víctimas y sus familias, así como de ejercer actos de amenaza o violencia física o psíquica contra ellas.

El acuerdo de juicio abreviado fue homologado por el juez del Tribunal de Juicio.

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