
Bares y restaurantes: se autorizó el consumo al aire libre

La misma autoriza a los locales gastronómicos, durante 90 días, a ocupar veredas, dársenas y media calle para la atención de clientes al aire libre durante el horario autorizado y cumpliendo con los protocolos sanitarios de bioseguridad.
En ese lapso de días, el sector podrá también obtener beneficios relacionados con el pago por ocupación del espacio público y por el uso diferenciado de utilización de espacios públicos.
La norma establece la ocupación de los espacios de dominio público adyacentes al frente de cada establecimiento sobre las veredas, dársenas y media calle.
El texto normativo señala que las mesas, sillas y sombrillas deberán ser “retirables” y que los mismos serán instalado cumpliendo con los protocolos pertinentes aprobados por el COE en el marco de la pandemia por COVID-19 y durante el horario autorizado para su funcionamiento.


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