---
canonical_url: "https://saltamasiva.com/contenido/17031/juan-pablo-davalos-sobre-opiniones-salorencenas-la-justicia-las-condeno-por-ment"
title: "La Justicia ordenó una fuerte indemnización a dos conductoras de TV"
article_type: "Article"
description: "Conductoras del programa televisivo \"Opiniones Salorenceñas\" emitido por TV2 deberán indemnizar a un concejal de San Lorenzo por daño moral con la suma de $250 mil."
main_image: "https://saltamasiva.com/download/multimedia.normal.b0b705c8b365bdad.73616c7461206d617320697661206a75616e207061626c6f5f6e6f726d616c2e6a7067.jpg"
date_published: "2023-02-22T13:33:00-03:00"
date_modified: "2023-02-22T17:06:22-03:00"
tags:
  - "fallo"
  - "Juan Pablo Dávalos"
  - "opinión"
  - "Opiniones Salorenceñas"
  - "Salta + Iva"
author_name: "Guadalupe Montero"
author_url: "https://saltamasiva.com/usuario/4/guadalupe-montero"
category_name: "Opinión"
category_url: "https://saltamasiva.com/categoria/9/opinion"
---

# La Justicia ordenó una fuerte indemnización a dos conductoras de TV

![salta mas iva juan pablo](/download/multimedia.normal.b0b705c8b365bdad.73616c7461206d617320697661206a75616e207061626c6f5f6e6f726d616c2e6a7067.jpg)

*Juan Pablo Davalos, concejal de San Lorenzo.*

La jueza María Victoria Montoya Quiroga, vocal interina de la Sala I del Tribunal de Juicio, absolvió a las dos conductoras de un programa de televisión querelladas por el delito de calumnias e injurias.

La jueza absolvió a Julia Elena Valencia Donat (50) y a María Agustina Rodríguez Laconi (33) del delito por el que llegaron requeridas a la audiencia por tratarse de asuntos de interés público, en los términos de los artículos 109 in fine y 110 del Código Penal.

En el mismo fallo, la jueza hizo lugar a la acción civil instaurada por el querellante, concejal Juan Pablo Dávalos, y condenó a las dos conductoras del programa “Opiniones Sanlorenceñas” (Canal 2) a pagarle al demandante 250 mil pesos cada una en concepto de indemnización sustitutiva por daño moral, en los términos de los artículos 1717, 1724, 1726, 1738, 1740, 1742, 1770 y 1771 del Código Civil y Comercial de la Nación (más intereses y costas desde el 21 de marzo de 2022 hasta su efectivo pago, el que deberá realizarse dentro de los diez días posteriores a quedar firme el fallo).

La jueza ordenó además la publicación de la sentencia, a costa de las responsables civiles, en sus redes sociales y en dos diarios de soporte papel de circulación local, conforme lo dispuesto por el artículo 1740 del Código Civil y Comercial de la Nación.

Finalmente, se les ordenó civilmente a las dos conductoras televisivas suprimir en un plazo máximo de 24 horas de la plataforma Facebook y demás medios masivos de comunicación los programas objeto del proceso, correspondientes al 21 de marzo de 2022 y el 6 de abril de 2022, bajo apercibimiento de incurrir en el delito de desobediencia judicial.

Ver también: [La justicia salteña falló a favor de la libertad de prensa](http://saltamasiva.com/contenido/16974/la-justicia-saltena-fallo-a-favor-de-la-libertad-de-prensa)

En este contexto, **Luis “Gordo” Puló y Cecilia Torres entrevistaron en Salta + Iva por FM Identidad 103.3 al edil del municipio de San Lorenzo, Juan Pablo Dávalos,** remarcó que las conductoras del programa televisivo que se emite por la señal de canal 2, Julia Valencia y María Agustina Rodríguez, fueron funcionarias del exintendente Fernando "Kila" Gonza, a quien denunció en más de 20 oportunidades por diferentes situaciones.

Cabe recordar que el exjefe comunal en diciembre del año pasado fue condenado a tres años de prisión condicional y a la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos al ser encontrado culpable de fraude en perjuicio de la administración pública y peculado.

*“Cuando perdió Kila, Valencia era directora de Turismo y Rodríguez concejal oficialista, pero antes también fue directora de turismo”,*detalló Dávalos a Salta + Iva y agregó: *“Se dedican a pegar y decir mentiras y la justicia las condenó”*.

En relación al fallo, Dávalos aclaró en Salta + Iva que solo intervino en dos oportunidades en temas referidos a las canchas de San Rafael.

Una, cuando la liga masculina planteó hacer uso de las canchas al igual que la liga femenina, y otra para instalar una bomba que la compraron con fondos propios.

*"Dijeron que yo cobraban 80 mil pesos por fin de semana en una cancha de barrio. En esas canchas no se paga más de $ 2500 por día, que sirven para pagar al árbitro, la cal hidratada que marca la cancha, pagar al que pone la lona y a quien limpia los baños",* señaló el edil en Salta + Iva.

---

*Contenido creado y optimizado para IA con [Medios CMS](https://medios.io)* — Plataforma profesional para la gestión de medios digitales y portales de noticias.
