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title: "¡Atención salteños! Los permisos de circulación se deberán renovar semanalmente"
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description: "Los permisos (Declaraciones Juradas de Circulación) emitidos con anterioridad al 23/08/2020 tendrán vigencia hasta el 30/08. Los que se emitan a partir del 23/08/2020 tendrán una vigencia de 7 días."
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date_published: "2020-08-25T06:00:00-03:00"
date_modified: "2020-08-25T08:33:52-03:00"
tags:
  - "Renovación"
  - "salta"
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# ¡Atención salteños! Los permisos de circulación se deberán renovar semanalmente

![Permiso de Ciruclacion 24](/download/multimedia.normal.b25b9a6d6367b012.5065726d69736f2064652043697275636c6163696f6e2032345f6e6f726d616c2e6a7067.jpg)

*¡Atención salteños! Los permisos de circulación se deberán renovar semanalmente*

Ante la situación epidemiológica de la provincia el Comité Operativo de Emergencia dispuso que aquellas personas que se encuentren en el grupo de rubros, actividades, o servicios exceptuados para circular, deben completar una nueva Declaración Jurada de Circulación que tendrá vigencia semanal.

Para completar la Declaración Jurada para Circular deben ingresar a [https://solicitudparacircular1.salta.gob.ar/declaraciones-juradas/create](https://solicitudparacircular1.salta.gob.ar/declaraciones-juradas/create).

La Declaración Jurada debe presentarse acompañada con el D.N.I y la documentación respaldatoria ante las autoridades estatales de control.

Esta nueva disposición rige para todos los departamentos de la provincia.

**¿Cuando es necesario contar con permisos para circular?**

-En toda la provincia para la circulación entre 00 a 06hs., ya que solo pueden circular en ese horario las actividades esenciales.

-Internamente en los municipios del departamento San Martín: las personas que desarrollan actividades esenciales precisan el permiso para circular, ya que ese departamento se encuentra en Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO)

-Para poder usar el transporte público urbano de pasajeros.

-Cuando se movilicen entre municipios, o por fuera del Área metropolitana. El DNU 677 y la Res. 35 del COE establecen la prohibición de circular fuera de los mismos. Las excepciones son las actividades esenciales.

**Vigencia**

-Los permisos (Declaraciones Juradas de Circulación) emitidos con anterioridad al 23/08/2020 tendrán vigencia hasta el 30/08.

-Los que se emitan a partir del 23/08/2020 tendrán una vigencia de 7 días.

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