
Diputados prorrogará la emergencia económica y administrativa en la provincia

En el escrito remitido a Diputados desde el gobierno se expresa que “las mentadas normas tienen larga vigencia en nuestro ordenamiento y sobre las mismas se ha diagramado ya un sistema de normas de inferior jerarquía, las cuales permiten sobrellevar la actual situación de emergencia, que se ha visto agravada por la emergencia sanitaria que hoy azota al mundo”.
Asimismo, se ha montado un andamiaje normativo del cual dada la coyuntura social, no resulta en estas instancias convenientes desprenderse abruptamente, por cuanto de su continuidad se encuentran en juego la posibilidad de la reactivación económica que nuestro Gobierno busca a diario, entre otras acciones de Estado”.
En lo que respecta a la Ley Nº 6.583 su vigencia hace plausible la limitación de algunos beneficios y exenciones económicas, los cuales más que nunca deben ser controlados a los efectos de poder llevar previsibilidad a las medidas de gobierno.
En lo referente a la Ley Nº 7.125, la misma se encuentra concatenada a la Ley Nº 6.583 en lo que respecta a la vigencia de ambas y así también a la operatividad de la Ley Nacional Nº 25.344.
En atención a la coyuntura socioeconómica y sanitaria, el Estado necesita brindar respuestas rápidas y extraordinarias con los recursos estatales, lo que también incide directamente en las resultas de las causas judiciales “, indica otro párrafo.
Cupo habitacional
Los diputados Valeria Alejandra Fernández y Matías Monteagudo (ambos del departamento San Martín y del bloque de la UCR) impulsan un proyecto de ley destinado a que el Instituto Provincial de Vivienda de Salta disponga de un cupo mínimo del 5% de las unidades habitacionales a adjudicar en cada localidad o ciudad de la provincia de Salta a aquellas mujeres que como consecuencia de situaciones de violencia doméstica se encuentren en condiciones de vulnerabilidad. Las destinatarias deberán ser personas con residencia permanente en la provincia de Salta y cumplir los requisitos que fije la reglamentación del IPV.
Beneficios a programa de empleo
De autoría de los diputados Gonzalo Caro Dávalos, Esteban Amat Lacroix, María del Socorro López y Lino Yonar es un proyecto de ley destinado a beneficiar a trabajadores de planes y programas sociales y empleo. El objetivo es el de establecer que quienes estén alcanzados por este sector y contratados por el Estado Provincial tanto temporario o trabajo permanente discontinuo, conforme lo dispuesto en los artículos 17 y 18 de la Ley Nº 26.727 y su modificatoria, y las que sean contratadas para desarrollar actividades agropecuarias bajo la modalidad establecida en el artículo 96 de la Ley N° 20.744 y sus modificatorias podrán seguir percibiendo los beneficios y prestaciones sin que exista incompatibilidad alguna. El propósito es fijar la compatibilidad de los planes y programas sociales y de empleo que dependan del estado provincial con las retribuciones de los trabajadores rurales que realizan actividades temporales y estacionales. La norma propuesta se encuentra en consonancia con el Decreto Nº 514/2021 firmado por el Presidente de la Nación, que determina la compatibilidad de los planes sociales nacionales con el empleo rural registrado.


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