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Anularon la causa contra Cristina Kirchner por el uso de aviones oficiales para trasladar muebles

El máximo tribunal penal declaró la nulidad de lo actuado por el juez Claudio Bonadio y apartó a los magistrados Bruglia, Bertuzzi y Llorens. La vicepresidenta estaba acusada por malversación de fondos.

Nacionales14 de junio de 2023
politica cristina recoleta
Anularon la causa contra Cristina Kirchner por el uso de aviones oficiales para trasladar muebles

En las últimas horas se conoció un fallo que beneficia a Cristina Kirchner. La Cámara Federal de Casación anuló la “Causa Aviones” en la que la vicepresidenta estaba acusada por el presunto uso irregular de los aviones de la flota presidencial para su beneficio personal.

El máximo tribunal penal, en un fallo firmado por los jueces Guillermo Yacobucci, Ángela Ledesma y Alejandro Slokar, anuló todo lo actuado por el fallecido juez Claudio Bonadio. El máximo tribunal penal, además, apartó del expediente a los camaristas federales Leopoldo Bruglia, Pablo Bertuzzi y Mariano Llorens.

La Causa Aviones es un desprendimiento de Cuadernos y la decisión del tribunal puede tener incidencia en el expediente principal, que ya fue elevado a juicio oral y público. La Casación hizo lugar a un recurso interpuesto por la defensa de CFK, que sostuvo que Bonadio se había quedado con la investigación de un expediente en el que obró como denunciante.

Esa conducta es conocida como “fórum shopping” y es considerada como violatoria de la garantía a ser juzgado por un juez imparcial. El juez abrió la causa como una derivación de Cuadernos, pero lo hizo como un expediente nuevo y en calidad de denunciante, por lo que debió haber enviado la “extracción de testimonios” a la Cámara Federal para que sorteara otro juzgado instructor.

El juez Slokar subrayó “la expresa prohibición legal que impide a quien denunció un hecho intervenir luego como juez”. Por esa misma razón Bonadio ya había sido apartado de la causa. “El incumplimiento de apartarse por parte del juez denunciante –luego ocurrido por vía de recusación– vio comprometer irremediablemente el deber de imparcialidad, condición indispensable para asegurar un proceso debido”, sostiene el fallo.

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