
El Poder Judicial volverá a la presencialidad a partir del 1 de septiembre

Los integrantes de la Corte Suprema de Justicia, Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda, Elena Highton de Nolasco, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti ordenaron la vuelta a la presencialidad del Poder Judicial a partir del 1 de septiembre.
De la medida únicamente quedarán exceptuadas las personas embarazadas y aquellos individuos con enfermedades de base y que por lo tanto sean considerados más vulnerables contra el coronavirus.
De esta manera, aquellos integrantes del Poder Judicial mayores de 60 años que hayan recibido la primera dosis de la vacuna, podrán comenzar con la presencialidad a partir de los 14 días de haber sido inoculados.
La nueva reglamentación se hizo efectiva en la acordada 14/2021, donde manifestaron “En las actuales condiciones corresponde adoptar las medidas pertinentes a fin de que la prestación del servicio de justicia pueda efectuarse de un modo más eficiente”.
Por lo tanto, todos los empleados, jueces y funcionarios del Poder Judicial que hayan recibido la primera dosis de la vacuna tendrán que asistir presencialmente a los tribunales y no podrán pedir la licencia comprendida en la acordada 4/2020, explayaba el escrito.
Además, en cuanto a los protocolos que se deberán llevar adelante en cada tribunal para retornar a la presencialidad, el documento expresaba que se deberán implementar “todas las medidas de prevención, higiene, movilidad y transporte emanadas de las autoridades competentes en el respectivo ámbito”.
Cada uno de los empleados y funcionarios del Poder Judicial se encontraban trabajando a distancia desde fines de marzo del 2020, cuando se decretó la cuarentena estricta en el país. La medida alcanzó a tribunales nacionales y federales, donde el porcentaje de asistencia era mínimo y toda la actividad se había trasladado a la virtualidad.
Por otro lado, el Gobierno también dispuso en los últimos días la vuelta a la presencialidad para los trabajadores estatales a partir del 1 de septiembre. La medida se publicó en el Boletín Oficial y quedarán exceptuadas las personas embarazadas, con inmunodeficiencias y pacientes trasplantados y oncológicos.




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