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“El proveedor tiene la obligación de informar la letra chica al consumidor de los contratos de servicios”

Sostuvo Julia Arias, abogada y especialista en Derecho del Consumidor sobre la suscripción a un servicio o la firma de un contrato.

Opinión 12 de octubre de 2022 Guadalupe Montero Guadalupe Montero
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Julia Elena Arias, abogada y especialista en Derecho del Consumidor.

Los contratos de forma estándar, a menudo denominados “letra pequeña” o “repetitivo”, son el tipo más común de contrato económico. Se aplican a incontables miles de millones de transacciones comerciales por año. 

En un escenario típico, un comprador adquiere un bien o servicio y se le presenta un contrato de forma preimpresa con términos relacionados con la resolución de disputas, remedios por fallas del producto y garantías, entre otros, con pocas oportunidades para negociar los términos. 

Los ejemplos aparecen en cualquier lugar, desde las exenciones de responsabilidad de seguridad anotadas en la parte posterior de las entradas deportivas, las garantías empaquetadas con los bienes de consumo, las políticas de privacidad y los términos de uso en los sitios web.

Dos celulares, el plan familiar de la prepaga, el cable de casa y hasta la garantía extendida del lavarropas… Y la lista sigue. Es muy habitual suscribirse a un servicio y firmar un contrato por él. Pero, ¿lo leemos? La letra chica existe y hay que mirarla bien, porque después, a la hora de reclamar, no hay pero que valga…

Siempre hay que exigir una copia del contrato. Si se firma personalmente, leerlo entero y constatar que todo lo que nos ofreció el vendedor esté escrito. Si la suscripción se hace telefónicamente o por Internet, exigir que la copia se envíe por fax o mail antes de cerrar la operación.

Para interiorizarnos más en este tema, Luis “Gordo” Puló y Cecilia Torres entrevistaron en Salta + Iva por FM Identidad 103.3 a Julia Arias, abogada y especialista en Derecho del Consumidor, aconsejó a los consumidores: “Leer los contratos”.

“El consumidor tiene derecho a ser informado y la empresa tiene el deber de informarle a ese consumidor todo y cada una de las condiciones en las cuales adquiere ese producto y el contrato de su servicio. Esa información debe ser completa, oportuna veraz, clara y detallada”, explicó la especialista en Salta + Iva. 

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