Ventajas y desventajas de las últimas medidas para monotributistas

Opinión 07 de noviembre de 2023
El ministro de Economía, y candidato a presidente de la Nación, Sergio Massa, anunció una serie de medidas destinadas al universo de los contribuyentes del Sistema Simplificado de Impuestos (Monotributistas), desde crediticias hasta impositivas.
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En el primer caso, anticipó líneas de préstamos de hasta $4 millones para los categorizados entre las franjas F y H; $ 2 millones, para los de las C y D, y $1,2 millones, los de las A y B.

Estos préstamos podrán ser pagados en un período de hasta 24 cuotas, con tasas de interés reducidas al 50% de las tasas de interés bancarias estándar. Además, el Estado ofrecerá una garantía del 100% para respaldar esos créditos.

Al respecto, Luis “Gordo” Puló y Cecilia Torres, entrevistaron en Salta + Iva por Level Rock-Radio Digital, a la contadora, Gabriela Marquéz, quien señaló que el crédito otorgado para monotributistas es un arma de doble filo. 

En primera instancia, detalló que para solicitar el crédito, se deberá demostrar -en una declaración jurada- que el dinero solicitado será utilizado en inversiones que tengan relación con su actividad económica.

A su vez, previamente habrá que chequear mediante la página de internet del Banco Central y luego seleccionar sobre el lado derecho, la solapa de “Central de Deudores”:

La profesional, manifestó, que si bien a simple vista, resulta una medida de alivio, genera dudas sobre cuál será el monto a pagar a partir de marzo 2024, por cuanto la norma no aclara sobre si será actualizado a ese momento. 

Las otras dudas que se desprenden son:

a) Si el contribuyente abona de forma habitual y tiene el beneficio, sería cancelado el importe o bien será tomado como pago a cuenta, en el eventual caso que, durante 2024 los importes dejados de abonar se actualizarán.

b) Qué ocurrirá con aquellos que paguen el monotributo con débito automático, indistintamente sea por cuenta bancaria o mediante tarjeta de crédito, si ya abonarán sin el componente impositivo en la liquidación correspondiente a septiembre, o se deducirá del cargo siguiente.

Otra cuestión para considerar es si el contribuyente decide de manera expresa rechazar el beneficio; porque prefiera no afrontar un cargo mayor en el futuro.

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