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“Mega-DNU” de Milei: privatizaciones, ley laboral y de alquileres

El DNU habilita a celebrar contratos entre las partes sin regulaciones. Se reducen las indemnizaciones por despido.

Actualidad 21 de diciembre de 2023 Guadalupe Montero Guadalupe Montero
politica javier milei

Entre la nómina de reformas del Estado incluida en el decreto de necesidad de urgencia anunciado en la noche del miércoles por el presidente Javier Milei, aparece en el primer renglón la derogación de la Ley de Alquileres, una normativa cuestionada y que tuvo marchas y contramarchas en los últimos años.

El jefe del Estado dijo que el objetivo de la desregulación es que “el mercado inmobiliario vuelva a funcionar sin problemas y alquilar no sea una odisea”.

 De esta manera, la ley 27.551 que fue reformada recientemente en el Congreso y que comenzó a regir el 18 de octubre se despedirá a poco de debutar, y allanará el camino para que los propietarios de los inmuebles puedan fijar las condiciones de los contratos sin atenerse a ningún límite del Estado más allá de lo que establece el Código Civil y Comercial.

El decreto de necesidad y urgencia, denominado “Bases para la reconstrucción de la economía argentina”, amplía los fundamentos por los cuales Milei tomó la determinación de desregular el mercado de alquileres inmobiliarios.

Ahora los contratos serán de dos años, se podrán firmar en dólares y pactar los ajustes entre las partes.

“Que los inconvenientes y penurias que el exceso de regulación normativa han aparejado en las convenciones privadas, especialmente en los contratos de locación de viviendas, son un hecho público y notorio, con graves consecuencias tanto para locadores como para locatarios y la virtual destrucción del mercado inmobiliario”, señala la norma jurídica. 
 

REFORMA LABORAL

El Gobierno también dispuso una reforma laboral con más de 40 cambios que flexibilizan leyes como la de Contrato de Trabajo.

Uno de las principales modificaciones es la reducción de las indemnizaciones, ya que, según el decreto, “la base de cálculo de esta indemnización no incluirá el sueldo anual complementario, ni conceptos de pago semestral o anual”, lo que excluiría beneficios como bonos anuales, ticket canasta o vales alimentarios, pese a que fueron reconocidos en varios fallos.

Otro punto clave es la extensión del período de prueba de tres a ocho meses, por lo cual el empleado podrá ser despedido sin derecho a indemnización en ese lapso. Asimismo, se eliminan todas las multas establecidas por ley que el empleador debe pagar al trabajador afectado para la falta de registro de la relación laboral o su registro irregular.

AEROLÍNEAS ARGENTINAS

El decreto de necesidad y urgencia firmado ayer por Milei incorpora también la cesión de acciones de Aerolíneas Argentinas y de Austral a los empleados.

Este podrá hacerse de forma parcial o total, de conformidad con el Programa de Propiedad Participada.

Además establece que “la cesión de los nuevos derechos se prorrateará entre los empleados que decidan participar en dicho programa de ampliación”.

 
“Los empleados que participen de más de una de estas empresas deberán optar por su participación en una de ellas”, precisa el DNU.

Bajo el título “Rescate de Aerolíneas Argentinas y Austral Líneas Aéreas por el Estado nacional” (ley N° 26.412), el artículo 4º se señala: “Autorízase la cesión, parcial o total, del paquete accionario de Aerolíneas Argentinas SA y de Austral Líneas Aéreas-Cielos del Sur SA y de sus empresas controladas a los empleados de las respectivas empresas, de conformidad con el Programa de Propiedad Participada”.

La cesión de los nuevos derechos se prorrateará entre los empleados que decidan participar en dicho programa de ampliación. Los empleados que participen de más de una de estas empresas deberán optar por su participación en una de ellas”.

EMPRESAS PÚBLICAS
El artículo 48 del DNU dice que todas las sociedades o empresas con participación del Estado, “cualquier sea el tipo o forma societaria adoptada, se transformarán en sociedades anónimas”. Anoche, Milei dijo que el paso siguiente sería su privatización.

 
Hoy el Gobierno nacional tiene el 51% de YPF y el control total de 33 empresas estatales. Son estas: Administración General de Puertos, Arsat, Aysa, Trenes Argentinos, Aerolíneas Argentinas, Belgrano Cargas, Coviara, Casa de Moneda, Contenidos Públicos, Corredores Viales, Correo Argentino, Fabricaciones Militares, Dioxitek, Educ.ar, Empresa Argentina de Navegación Aérea, Enarsa, Fábrica de Aviones, Intea, Intercargo, Nucleoeléctrica Argentina, Polo Tecnológico, las radios de las universidades del Litoral y de Córdoba, Radio y Televisión Argentina, Tandanor, Télam, Veng, la minera Ymad y Yacimientos Carboníferos Fiscales.

También aseguró que en Argentina:

La presión impositiva es la más alta del mundo.
Faltan reservas en el Banco Central.
La confianza crediticia está destruida.
Hay emisión monetaria desenfrenada.
La crisis inflacionaria anual del 15.000%.
“Defaulteados seriales”: se sacaron 13 ceros a la moneda y “destruimos cinco signos monetarios”.
  
PUNTO POR PUNTO: EL “MEGA - DNU”
El mega-DNU de Javier Milei tiene un total de 366 artículos. Uno por uno, los 30 nombrados por el Presidente:

Derogación de la Ley de Alquileres: para que el mercado inmobiliario vuelva a funcionar sin problemas y que alquilar no sea una odisea.
Derogación de la Ley de Abastecimiento para que el Estado nunca más atente contra el derecho de propiedad de los individuos.
Derogación de la Ley de Góndolas para que el Estado deje de meterse en las decisiones de los comerciantes argentinos.
Derogación de la Ley del Compre Nacional que solo beneficia a determinados actores del poder.
Derogación del Observatorio de Precios del Ministerio de Economía para evitar la persecución de las empresas.
Derogación de la Ley de Promoción Industrial.
Derogación de la Ley de Promoción Comercial.
Derogación de la normativa que impide la privatización de las empresas públicas.
Derogación del régimen de sociedades del Estado.
Transformación de todas las empresas del Estado en sociedades anónimas para su posterior privatización.
Modernización del régimen laboral para facilitar el proceso de generación de empleo genuino.
Reforma del Código Aduanero para facilitar el comercio internacional.
Derogación de la Ley de Tierras para promover las inversiones.
Modificación de la Ley de Manejo del Fuego.
Derogación de las obligaciones que los ingenios azucareros tienen en materia de producción azucarera.
Liberación del régimen jurídico aplicable al sector vitivinícola.
Derogación del sistema nacional del comercio minero y del Banco de Información Minera.
Autorización para la cesión del paquete accionario total o parcial de Aerolíneas Argentinas.
Implementación de la política de cielos abiertos.
Modificación del Código Civil y Comercial para reforzar el principio de libertad contractual entre las partes.
Modificación del Código Civil y Comercial para garantizar que las obligaciones contraídas en moneda extranjera deban ser canceladas en la moneda pactada.
Modificación al marco regulatorio de la medicina prepaga y las obras sociales.
Eliminación de las restricciones de precios a la industria prepaga.
Incorporación de las empresas de medicina prepaga al régimen de obras sociales.
Establecimiento de la receta electrónica para agilizar el servicio y minimizar costos.
Modificaciones al régimen de empresas farmacéuticas para fomentar la competencia y reducir costos.
Modificación de la Ley de Sociedades para que los clubes de fútbol puedan convertirse en sociedades anónimas si así lo quisieran.
Desregulación de los servicios de internet satelital.
Desregulación del sector turístico eliminando el monopolio de las agencias de turismo.
Incorporación de herramientas digitales para trámites de los registro de automotores.

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