
URGENTE: en Salta Capital suspenden estas actividades hasta fin de mes

R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1 °.- Suspender en el Departamento Capital las actividades deportivas grupales, gimnasios, circulación y permanencia en plazas y parques urbanos.
ARTÍCULO 2º.- Suspender en el Departamento Capital, para los días domingos, las actividades gastronómicas; la apertura de centros comerciales, supermercados y comercios en general; así como actividades recreativas en parques y plazas; artísticas, culturales, religiosas y deportivas, a excepción de los servicios esenciales de salud, seguridad, estaciones expendedoras de combustible, delivery de alimentos, comercios de proximidad (drugstores, despensas, y kioscos) y farmacias.
ARTÍCULO 3º.- Disponer que las conductas que transgredan las disposiciones dictadas en el marco de la emergencia sanitaria, y de la presente en particular, serán pasibles de las previsiones de los artículos 202, 205 y concordantes del Código Penal y lo establecido en la Ley N° 8.191.
ARTÍCULO 4°.- La presente resolución tendrá vigencia a partir del 23 y hasta el 30 de agosto de 2.020 inclusive.
ARTÍCULO 5°.- Registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.


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