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A días de las elecciones, los ahorristas vuelven a poder usar su límite mensual de compra para atesoramiento.
Economía 02 de septiembre de 2021El cambio de mes y la cercanía de las primarias abiertas simultáneas y obligatorias, que tradicionalmente aumentan la demanda por divisas por parte de particulares, reabre el cupo mensual de hasta USD 200 que las normas cambiarias permiten adquirir. El dólar “solidario”, tipo de cambio oficial más un 65% de recargo por impuestos y percepciones, cotiza a $170,19, apenas por debajo de los USD 171 a los que cotiza el dólar MEP y más de $10 por debajo de los $181 al que se ofrece el dólar libre.
El solidario, sin embargo, está sujeto a toda una serie de trabas. Primero, el Banco Central permite compras por USD 200 como máximo por mes. Y ese tope puede ser aún más bajo si el ahorrista hizo compras en dólares -por ejemplo, servicios online- con tarjeta. Cada dólar de consumos se resta del cupo, al punto que si esos consumos en moneda extranjera superan el tope mensual permitido para atesoramiento, no se puede comprar ni un dólar. Pero no es la única restricción.
Quiénes pueden comprar
En el transcurso de las diversas disposiciones sancionadas por el gobierno para asistir a individuos y empresas con motivo de la pandemia, unido a las cada vez más rígidas normas del cepo cambiario, muchas personas quedaron inhibidas de comprar los USD 200 mensuales o bien, si lo hacen, contarán con otras restricciones. Los principales casos son:
Monotributistas con préstamos en curso. No podrán comprar dólar para ahorro los monotributistas que hayan tramitado créditos a tasa 0 ni dueños de pymes que hayan recibido créditos al 24 por ciento.
Los que no tengan ingresos declarados. Antes de autorizar la venta de dólares, los bancos están obligados a consultar la base de datos para saber si su cliente tiene ingresos declarados que justifiquen la operación, para evitar transacciones con plata “en negro” o que pertenece a terceros que desean evadir el cupo. Este último fue el caso de los “coleros digitales”, sobre los cuales el BCRA ha procedido a iniciar investigaciones y prohibir la operación en cambios.
Los que compraron dólar MEP o “Bolsa”. Quienes se dolarizaron a través de la compra de bonos en pesos para ser liquidados en dólares, están impedidos de comprar dólar “solidario” durante los 90 días posteriores a la operación. Al mismo tiempo, cabe destacar que tampoco está permitido comprar dólar MEP o “Bolsa” para quienes hayan adquirido dólar “solidario” en los 90 días previos.
Los que cobraron su salario mediante el Programa ATP. Los trabajadores en relación de dependencia de una empresa adherida al Programa Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción no pueden comprar dólares para ahorro dado que se considera al ATP como parte de la asistencia social en el marco de la pandemia.
Quienes cobraron planes sociales. Aquellas personas percibieron el IFE (Ingreso Familiar de Emergencia) o la AUH (Asignación Universal por Hijo) quedan fuera de la opción por el cupo de dólares formales. Esta restricción impide la compra de dólares para ahorro a un universo de 8,9 millones de beneficiarios del IFE y un 1,8 millón por AUH.
Deudores de tarjeta de crédito con plan de pago a 12 cuotas. Se calcula que unos dos millones de clientes bancarios utilizan la tarjeta de crédito para afrontar gastos, ante la dificultad económica que presentan las restricciones por la pandemia. Debido al crecimiento de la mora, en septiembre del año pasado el Gobierno impulso la refinanciación del saldo de la tarjeta de crédito a 12 meses, a una tasa nominal anual del 40% más IVA, bastante accesible si se contempla una inflación cercana al 50% anual. Quienes estén cumpliendo los pagos de esta deuda no pueden comprar dólares.
Quienes refinanciaron deudas con bancos. También están inhibidos quienes hayan sido beneficiados por los planes de refinanciación de cuotas de créditos personales y prendarios, implementados en el marco de la asistencia por la pandemia. Tampoco los clientes bancarios que no pudieron afrontar vencimientos y debieron postergar las cuotas hasta el final del crédito. Eso incluye a los deudores de préstamos hipotecarios, como los ajustados por UVA.
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