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Más de 7.000 cooperativas peligra su continuidad

El Gobierno oficializó en las últimas horas la suspensión de más de 9 mil cooperativas y pidió a otras 7 mil presentar documentación en los próximos días para poder seguir funcionando.

Opinión 05 de abril de 2024 Guadalupe Montero Guadalupe Montero
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Gabriela Márquez, contadora.

Desde las organizaciones afectadas denuncian que estas medidas buscan “quebrar toda resistencia popular” para llevar adelante “un plan de miseria planificada”.

Este miércoles se publicó en el Boletín Oficial la resolución 879/2024 del Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (Inaes) por la cual se suspenden las matrículas de más de 9.000 cooperativas y mutuales en todo el país “por incumplimiento al proceso de Actualización Nacional de Datos” y “falta de documentación asamblearia y estados contables”.

Mediante esta resolución las entidades suspendidas que aún no hayan completado el registro en el sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) y adeuden documentación contarán con 10 días hábiles “para ejercer su derecho de defensa, siendo condición esencial acreditar haber efectuado la Actualización Nacional de Datos y presentado la documentación adeudada”.

Por su parte, las organizaciones que tengan toda su documentación presentada y no se hayan registrado en el sistema deberán hacerlo “en el término de 45 días”, según se explica en la resolución que adjunta 4 listados con las más de 9000 entidades suspendidas por la medida.

En este sentido, Luis “Gordo” Puló y Cecilia Torres entrevistaron en Salta + Iva por Radio Digital-Level Rock, a la contadora, Gabriela Márquez.

La profesional, en primera instancia, explicó que las cooperativas son “empresas centradas en las personas, que pertenecen a sus miembros, quienes las controlan y dirigen para dar respuesta a las necesidades de carácter económico, social y cultural comunes”.

Pueden clasificarse en cooperativas de primer grado, si sus socios cooperativistas son personas físicas y de segundo grado, si sus socios son, a su vez, otras cooperativas. Las sociedades cooperativas de primer grado podrán clasificarse de la siguiente forma: Cooperativas de trabajo asociado. 

Haciendo hincapié a las medidas del Gobierno Nacional, aclaró que las entidades que sufrirán las consecuencias son aquellas que no cuentan con la documentación requerida.  

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