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Censo 2022: la millonaria multa por mentir, ¿cuánto hay que pagar?

El 18 de mayo se realizará será el censo 2022 y el Gobierno indicó los valores de las multas por mentir o falsificar datos en una nueva resolución publicada en el Boletín Oficial que actualiza los valores vigentes desde el 2019.

Nacionales 24 de febrero de 2022
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Censo 2022: la millonaria multa por mentir, ¿cuánto hay que pagar?

El próximo miércoles 18 de mayo el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC) llevará a cabo el Censo 2022 en todo el país, el cual fue pospuesto por dos años debido a la pandemia del Covid-19 y ahora buscará ponerse al día con el análisis poblacional de la Argentina.

En esta línea, el INDEC ya reveló el cuestionario que se le hará a cada hogar con 61 preguntas que deberán ser respondidas por los responsables. Sin embargo, en caso de ocultarle o falsificar información al Estado existen una serie de multas como consecuencia económica por no cumplir, las cuales oscilan entre los 1000 y los 100 mil pesos.

¿DE CUÁNTO ES LA MULTA POR MENTIR EN EL CENSO 2022?

Este miércoles el Gobierno actualizó los valores de las multas censales que cobra el INDEC en caso de no cumplir con las exigencias del Censo Nacional 2022: así lo informaron a través de la Resolución 35/2022 publicada en el Boletín Oficial bajo la firma del titular del organismo, Marco Juan Lavagna.

 Así, las "multas por infracción al suministro de información estadística" para este Censo 2022 oscilarán entre los 1076 y 106.799 pesos teniendo en cuenta la gravedad de la violación. Además, el monto mínimo para apelar a las multas ascendió a $2189 según lo previsto en el Decreto N° 3110 del año 1970.

 Según el artículo 15 de la Ley Nº 17.622 que establece el marco legal para la realización de estadísticas oficiales, "incurrirán en infracción quienes no suministren en término, falséen o produzcan con omisión maliciosa las informaciones necesarias para la estadística y los censos a cargo del Sistema Estadístico Nacional".

Al entrar en infracción una entidad civil o comercial -con o sin personalidad jurídica- "serán personalmente responsables de las infracciones los directores, administradores, gerentes o miembros de la razón social que hayan intervenido en los actos considerados punibles".

Entre las infracciones en las que pueden incurrir las empresas o personas se cuenta la no exhibición de los libros y documentos de contabilidad en los que se puedan verificar "informaciones de carácter estadístico".

En línea con lo establecido en ocasiones anteriores por el Gobierno, estos valores deben actualizarse semestralmente el 1° de enero y el 1° de julio de cada año "en función de los incrementos" inflacionarios de cada uno de los semestres en base al Índice de Precios al Consumidor (IPC) al por mayor.

Sin embargo, la última actualización de estos valores realizada por el Gobierno se dio en septiembre del 2019, por lo que estos quedaron desactualizados: previamente una infracción censal oscilaba entre los $400 y los $39.711, por lo que este año se realizó el ajuste por inflación.

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